En los próximos días la Directiva se propone marchar a la aprobación del estatuto de la AGTSyP. En las reuniones de comisión de estatuto aparecieron diferencias profundas. Por ejemplo la conducción se niega a introducir la proporcionalidad en la elección de los cargos electivos: de comisión directiva y de la junta electoral. Esto es, insiste en desconocer la representación de las minorías, que es lo ocurrido hasta ahora al negarse a incorporar a la CD a una lista, la Tricolor, que obtuvo el 36% de los votos en el 2011. En otros términos, nos fuimos de la UTA por su verticalismo antidemocrático y ¿se quiere mantener el unicato propio de los gordos de la burocracia sindical?
Otra gran diferencia es el rechazo de la conducción a nuestra propuesta de que el estatuto de apruebe por medio de un PLEBISCITO, donde vote toda la base, entre los distintos proyectos presentados. Ese método, superaría en democracia a la propia asamblea. Las convocadas por la CD, hasta ahora, han sido ultra minoritarias en relación a la masa de los afiliados. Y además, el PLEBISCITO forma parte de la tradición desde el origen de la AGTSyP, que nació por medio de un plebiscito sobre la ruptura con la UTA.
A continuación planteamos los puntos mínimos que, en nuestra opinión, deben integrar el estatuto, para garantizar la democracia sindical más elemental. Y sin los cuales ningún proyecto debería ser aprobado
1 La Comisión Directiva debe estar compuesta proporcionalmente a los votos obtenidos por las listas que se presenten. Proponemos el sistema D’Hont como el más equitativo. Pero cualquiera que se adopte, debe garantizar que las minorías estén proporcionalmente representadas.
2 Que la Comisión revisora de cuentas – manejo del dinero - se elija en elección aparte, directa, de los afiliados. Que todos los cargos sean revocables por sus representados.
3 Que la Junta electoral esté compuesta por todas las listas que se presenten
4 Que los padrones electorales, por urna, sean entregados a todas las listas 30 días antes del acto eleccionario
5 Que todos los fiscales tengan permiso gremial para el día de elección, pagos por la patronal, o en su defecto por el sindicato
6 Que el periodo de mandato de la comisión directiva sea de un máximo de dos años y sus miembros reelegibles por un solo periodo.
7 Que el período de mandato de los delegados de sector sea de un máximo de dos años.
8 Que el cuerpo de delegados sea resolutivo y sus decisiones de cumplimiento obligatorio
Con relación a la declaración de principios (capítulo 1), que fija el carácter de nuestro sindicato: proponemos que defina a la AGTSyP, como “Una organización de trabajadores políticamente independiente del estado, los gobiernos patronales y sus partidos. Que defiende los intereses de los trabajadores del subte como parte de la lucha general de toda la clase trabajadora por su emancipación. Que se basa en la democracia asamblearia y respeta la soberanía del voto de los afiliados, como máxima autoridad y por sobre toda otra injerencia. Que se opone activamente a la burocratización de cualquier signo. Que apela en su lucha por los intereses de los trabajadores, a todos los métodos de acción legal y acción directa, correspondientes a la tradición del movimiento obrero”
Abramos el debate en todas las líneas y sectores
AGRUPACION TRABAJADORES DE METROVIAS
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